Sin embargo, los traductores jurados deben comunicar al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación su lugar de trabajo habitual, de forma que en la lista oficial de traductores que aparece en el tablón del MAEC estos aparecen organizados por provincias.
Los traductores intérpretes jurados pueden ejercer su profesión incluso en el extranjero, siendo esta opción reconocida en el Real Decreto relativo a traductores jurados del 2009. En este caso, los traductores pueden aparecer en la lista oficial bajo el epígrafe de su país de residencia.