Sí, en caso de que la revisión sea solicitada por una autoridad competente. Sin embargo, un traductor jurado no puede corregir una traducción realizada por otro traductor jurado una vez ésta ha sido firmada y sellada. En este caso las traducciones de los traductores intérpretes jurados sólo podrán ser revisadas por la Oficina de Interpretación de Lenguas bajo petición de una autoridad competente (como podría ser un juzgado, por ejemplo).
Si el interesado en solicitar la revisión es un traductor jurado en ejercicio de sus funciones, no existe ningún impedimento por el que un traductor no pueda solicitar la revisión de una traducción por parte de un colega antes de certificarla. No obstante, se debe tener en cuenta que el traductor que certifica la veracidad y exactitud de la traducción mediante su firma y sello es el responsable de la misma.