viernes, 8 de octubre de 2010

¿Qué es y cuando hace falta la Apostilla de la Haya en una traducción jurada?

La Apostilla de la Haya es un formulario oficial que acompaña a un documento original, tal como puede ser una traducción jurada, para dotarlo de validez internacional. La Apostilla de la Haya certifica que el firmante del documento original es una persona autorizada y cualificada para firmar y/o sellar el documento en cuestión.

A la hora de presentar un documento original ante un organismo oficial extranjero (como puede ser la administración, un consulado, la embajada...) se pueden dar tres casos:
  1. Que el organismo receptor acepte directamente el documento, bien directamente o bien acompañado de la correspondiente traducción oficial.
  2. Que el organismo receptor requiera legalizar el documento, pero al tratarse de un país firmante del convenio de la Haya, sea suficiente con incluir la Apostilla de la Haya.
  3. Si el organismo receptor requiere legalizar el documento, y no se trata de un país adscrito al convenio de la Haya, es necesario un complejo proceso de legalización.

Origen de la Apostilla de la Haya

El origen de la Apostilla de la Haya se remonta a 1961 en el XII Convenio de Derecho Internacional Privado de La Haya. En este convenio se reconoce la eficacia jurídica en los países firmantes de cualquier documento oficial emitido en otro de los países adscritos al Convenio de la Haya.

Para qué sirve la Apostilla de la Haya

De esta forma, la Apostilla de la Haya permite evitar legalizaciones consulares o diplomáticas a la hora de presentar un documento oficial fuera del país de origen. Se evitan así ciertos trámites, tales como la legalización diplomática y consular, y se sustituyen por un proceso de legalización mucho más sencillo: la Apostilla de La Haya.

Formato de la Apostilla de la Haya

La Apostilla de la Haya es un formulario estandarizado de 9 por 9 centímetros con el modelo indicado más abajo. En España, dependiendo del documento, los encargados de expedir la Apostilla pueden ser el Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la comunidad autónoma, Decano del Colegio Notarial, Ministerio de Justicia... aquí puede encontrar más información al respecto.


Traducción jurada de la Apostilla de la Haya

Mientras que legalmente no es necesario incluir una traducción jurada de la Apostilla de la Haya, ésta es solicitada en ciertas embajadas y consulados, por lo que es conveniente incluirla para evitar mayores complicaciones.

Para finalizar los trámites, junto con el documento original, la Apostilla de la Haya y su traducción jurada, la firma del Traductor Jurado deberá ser legalizada en el Departamento de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación.

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Países que aceptan la Apostilla de la Haya

No todos los países del mundo son firmantes del Convenio de La Haya. Así si el país receptor de la documentación no forma parte de este listado la única opción será la legalización consular del documento. A continuación incluyo la lista de países firmantes del Convenio de la Haya actualizada en el año 2003: .
 ALEMANIA   LIBERIA  
 ANDORRA   LIECHTENSTEIN  
 ANTIGUA Y BARBUDA   LITUANIA  
 ARGENTINA   LUXEMBURGO  
 ARMENIA   MACAO  
 AUSTRALIA   MACEDONIA  
 AUSTRIA   MALAWI  
 BAHAMAS   MALTA  
 BARBADOS   MARSHALL, ISLAS  
 BELGICA   MAURICIO, ISLA  
 BELICE   MEXICO  
 BIELORRUSIA   MONACO  
 BOSNIA-HERZEGOVIN NAMIBIA  
 BOTSWANA   NIUE, ISLA  
 BRUNEI-DARUSSALAM NORUEGA  
 BULGARIA   PANAMA  
 CHIPRE   PORTUGAL  
 COLOMBIA   REINO UNIDO  
 CROACIA   REPUBLICA CHECA  
 EL SALVADOR   RUMANIA  
 ESLOVENIA   SAINT-KITTS NEVIS  
 ESPAÑA   SAINT LUCIA  
 ESTADOS UNIDOS Y P SAINT VINCENT Y GRANA
 ESTONIA   RUSIA, FEDERACION DE  
 FIDJI   SAMOA  
 FINLANDIA   SAN MARINO  
 FRANCIA   SERBIA Y MONTENEGRO  
 GRECIA   SEYCHELLES  
 HOLANDA   SLOVAKIA  
 HONG-KONG   SUDAFRICA  
 HUNGRIA   SUECIA  
 IRLANDA   SUIZA  
 ISRAEL   SURINAM  
 ITALIA   SWAZILANDIA  
 JAPON   TONGA  
 KAZAJSTAN   TRINIDAD Y TOBAGO  
 LESOTO   TURQUIA  
 LETONIA   UCRANIA  
  VENEZUELA